Debutan cambios en Mercado Público: se crea la “compra ágil” y el registro de proveedores con sus dueños finales
Los proveedores que quieran participar deberán completar una declaración jurada donde incluyan información de sus beneficiarios finales, administradores de la persona jurídica, y vínculos con otras empresas.
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Este 12 de diciembre entraron a regir las nuevas disposiciones de la Ley que moderniza la normativa de Compras Públicas, junto con la publicación del reglamento respectivo en el Diario Oficial, que tienen como objetivo mejorar la eficiencia en el uso de los recursos del Estado, fortalecer la probidad en los procesos de adquisiciones públicas y fomentar una mayor participación de las Empresas de Menor Tamaño (EMT) en los contratos con el Estado.
Uno de los temas que debutan en la plataforma www.mercadopublico.cl es la llamada “compra ágil”, procedimiento que prioriza la participación de las EMT en procesos de compras de hasta 100 UTM (aproximadamente $ 6,7 millones).
La directora de ChileCompra, Verónica Valle, explicó que la compra ágil busca facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las oportunidades de negocio con el Estado, “generando un entorno más competitivo y favoreciendo la inclusión de proveedores locales. Ahora en Mercado Público sólo las empresas de menor tamaño podrán participar en una primera instancia de la nueva compra ágil. Si no se presentan cotizaciones por parte de empresas de menor tamaño, la entidad compradora podrá ampliar la convocatoria a todos los proveedores, independiente de su tamaño”.
El nuevo reglamento de compras públicas detalla la operatoria tanto para los organismos del Estado que realizan sus compras a través de www.mercadopublico.cl como a los 120 mil proveedores, 96% de los cuales son EMT.
Se establecen cambios significativos en la normativa relacionada con las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), que permiten a empresas asociarse temporalmente para ofertar y se reduce las barreras de entrada asociadas a las exigencias de garantías en las licitaciones públicas. Las entidades podrán exigir garantías de seriedad de la oferta sólo en el caso de compras por sobre las 5 mil UTM, y éstas no excederán el 3% del monto de la licitación.
Probidad y transparencia
En materia de probidad y transparencia, se introduce un nuevo requisito para visibilizar a los beneficiarios finales, con el fin de impedir irregularidades en los procesos de adquisiciones con recursos del Estado. Todos los proveedores que quieran participar en Mercado Público deberán completar una Declaración Jurada de Registro donde incluyan, entre otros datos, la información de sus beneficiarios finales, administradores de la persona jurídica, y sus vínculos con otras empresas con el objetivo de fortalecer la probidad y confianza en las compras públicas.
Por otra parte, para aumentar los estándares de probidad, los proveedores del Estado (personas naturales y jurídicas) deberán encontrarse inscritos y en estado hábil en el registro para enviar una oferta en cualquier procedimiento de compra o recibir una orden de compra, para lo cual no deben tener deudas previsionales o tributarias, no haber sido condenados por prácticas antisindicales, delitos de cohecho o lavado de activos, entre otros. El registro está a cargo de ChileCompra y las tarifas son diferenciadas según el tamaño de empresa.
Asimismo, quedarán inhabilitados quienes hayan proporcionado antecedentes maliciosamente falsos, enmendados o tergiversados respecto de sus beneficiarios finales.